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Constitución política de Colombia
                        Constitución política de Colombia

                                                         1991
                                                         1991























































                      ARTICULO 24. Todo colombiano, con las limitaciones que
                      ARTICULO 24. Todo colombiano, con las limitaciones que
                      establezca la ley, tiene derecho a circular libremente por
                      establezca la ley, tiene derecho a circular libremente por
                     el territorio nacional, a entrar y salir de él, y a permanecer
                     el territorio nacional, a entrar y salir de él, y a permanecer
                                           y residenciarse en Colombia.
                                           y residenciarse en Colombia.
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