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Constitución política de Colombia
Constitución política de Colombia
1991
1991
ARTICULO 24. Todo colombiano, con las limitaciones que
ARTICULO 24. Todo colombiano, con las limitaciones que
establezca la ley, tiene derecho a circular libremente por
establezca la ley, tiene derecho a circular libremente por
el territorio nacional, a entrar y salir de él, y a permanecer
el territorio nacional, a entrar y salir de él, y a permanecer
y residenciarse en Colombia.
y residenciarse en Colombia.